Reclamar la cláusula suelo : cómo defenderse frente a las cláusulas abusivas

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Reclamar la cláusulas suelo : defenderse frente a cláusulas abusivas

La Sentencia de 21/12/2016 del Tribunal de Justicia de la Unión Europea fue muy importante para los consumidores. Declaró que cuando una cláusula suelo es declarada nula se han de devolver todas las cantidades que ha supuesto desde el inicio del contrato. Fue un varapalo para los bancos, pero también para la jurisprudencia del Tribunal Supremo que hasta entonces había limitado la restitución de cantidades sólo a partir de 9/5/2013. El TS justificó la decisión de limitar los efectos de la cláusula abusiva por las repercusiones macroeconómicas que conllevaría. Un criterio polémico.

Ante el posible colapso de los juzgados por las demandas de los consumidores reclamando la totalidad de cantidades por las cláusulas suelo, a finales de enero de este año, el Gobierno aprobó el Real Decreto de medidas urgentes para la protección de consumidores.

Con este Real Decreto se establece un procedimiento extrajudicial para intentar resolver las reclamaciones de los consumidores. Con él, los bancos han sido obligados a montar un servicio de reclamaciones para atender expresamente cláusulas suelo, a atenderlas en el plazo de 3 meses desde su presentación y, en el caso de acuerdo de devolución, a informar de las obligaciones tributarias que supone la devolución y también a Hacienda de las cantidades devueltas.

El procedimiento extrajudicial para reclamar la cláusula suelo es una medida ágil, voluntaria y gratuita para el consumidor. Como voluntaria que es, si se considera abusiva, se puede acudir directamente a los tribunales sin pasar por esta reclamación. Pero hay que tener en cuenta que si se va a la vía judicial directamente sin haber reclamado por esta vía extrajudicial y la entidad se allana antes del contestar la demanda, la entidad no pagará costas.

Es recomendable presentar esta reclamación extrajudicial por la agilidad que supone frente a la vía judicial. En 3 meses se puede recibir respuesta. En caso de recibir una propuesta de pago del banco se ha de analizar y valorar sin precipitación. Si no se llegase a acuerdo con el banco, siempre quedará la vía judicial.

reclamar la cláusula suelo

Procedimiento para reclamar la cláusula suelo

Una vez recibida por el banco nuestra reclamación, éste puede:

1.- Hacer un cálculo de la cantidad a devolver con los intereses. Entonces el cliente debe manifestar si se está de acuerdo con el cálculo propuesto. Si lo está se llegará a un acuerdo de devolución. Si no lo está, ha de valorar reclamar por la vía judicial.

2- Considerar que la devolución no es procedente, y tendrá que expresar las razones. Entonces se terminará el procedimiento extrajudicial. También se terminará y se entenderá rechazada la reclamación si no responde en 3 meses o si no se ha pagado la cantidad calculada.

Consideraciones

Se ha de tener en cuenta que aunque se haya pagado todo el préstamo, si se tenía cláusula suelo en el préstamo, se puede reclamar la cláusula suelo, es decir, lo pagado de más por los efectos de esta cláusula abusiva.

Si el banco ha pagado desde mayo de 2013 pero no lo de antes, también se pueden reclamar la cláusula suelo. Pero estos casos merecen un especial análisis; se ha de valorar los acuerdos firmados o la firmeza de las resoluciones que han supuesto ese pago desde 2013.

Si necesita ayuda para reclamar la cláusula suelo llámenos.

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