Explicación sencilla de la prorrata del IVA

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¿Qué es la prorrata del IVA?

La  prorrata del IVA se debe a que para la Agencia Tributaria un IVA de gasto solo es deducible si conlleva a la facturación de un IVA de ventas.

La Ley del IVA no permite la deducción de las cuotas de IVA soportadas en la adquisición de bienes y servicios destinados a la realización de actividades exentas (con determinadas excepciones). Sólo permite deducir las cuotas de IVA soportadas en las adquisiciones destinadas a la realización de operaciones no exentas.

El problema está en los casos en que los bienes o servicios adquiridos se emplean tanto para operaciones que originan el derecho a deducir, como de actividades que no lo originan. Para solucionarlo se emplea la regla de la prorrata, que permite deducir a la empresa sólo la cuota empleada para actividades que originan el derecho a deducir.

EJEMPLO DE LA LE DE PRORRATA DEL IVA:

Una asociación de cinéfilos se reunen algunos fines de semana para ver películas en una sala arrendada. Dicha asociación en su día pidió la exención de IVA de las cuotas de los socios a Hacienda y por tanto dichas cuotas están exentas de IVA.

Por otro lado, al ser una asociación cultural reciben alguna subvención de organismos oficiales en concepto de promoción cultural. Dichas subvenciones también están exentas de IVA.

la prorrata del iva

En un momento dado, el Ayuntamiento de la localidad pide a la asociación que realice un montaje de una película de interés general en un recinto municipal para ofrecer dicho servicio a la población de forma gratuita. La asociación realiza dicho servicio pero este servicio sí que está sujeto al 18% de IVA por la propia actividad y porque ya no es un servicio dirigido exclusivamente a los socios sino que se realiza a otra entidad y con ánimo de lucro ya que cobran por ello.

Tanto el montaje de las películas para los socios como el servicio al Ayuntamiento están subcontratados a un técnico especialista que se dedica a este tipo de montajes y que cobra el IVA correspondiente.

Por otro lado, el local que alquilan para el visionado de las películas los socios también se cobra mediante una factura con su IVA correspondiente.

Pongamos números al supuesto año en el IVA de la asociación:

Ingresos

Cuotas de socios: 500 euros  (exentos de IVA)

Subvención: 500 euros (exenta de IVA)

Factura al Ayuntamiento: 1000 euros + IVA (180 euros)

Gastos:

Técnico en montaje de películas: 200 euros + IVA (36 euros)

Facturas de alquiler del local: 500 euros + IVA (90 euros)

CALCULO DE LA PRORRATA DEL IVA :

Se calcula en función de la proporción de los ingresos sujetos y la totalidad de los ingresos

La proporción es: Ingresos sujetos -con IVA- (1000)/Total de ingresos (2000)=50%.

Esta proporción es lógica ya que del total de los ingresos solo hay el 50% que son sujetos.

Por tanto, del IVA de gastos sólo podrá ser deducible el 50%  del IVA: 36/2+90/2=18+45=63 euros

Entonces, ¿cuál sería el resultado del IVA?

IVA DE VENTAS=180 euros

IVA DE GASTOS=63 euros

RESULTADO=180-63 euros=117 euros que la asociación tendrá que pagar a Hacienda

En realidad, la proporción de la prorrata se calcula al finalizar el año y se aplica en los tres primeros trimestres del año regularizándose en el cuarto trimestre con la proporción real del año que finaliza.

FERRANSA ASESORES

ASESORÍA Y GESTORÍA EN MOLINS DE REI Y SANT FELIU DE LLOBREGAT

 

 

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