COMPLEMENTO DE BRECHA DE GÉNERO

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COMPLEMENTO DE BRECHA DE GÉNERO

  • ¿Qué es el COMPLEMENTO DE BRECHA DE GÉNERO  ?

El complemento de brecha de género se trata de una cantidad de dinero fija que se destina a complementar las pensiones contributivas de quienes hayan tenido uno o más hijos. El objetivo se centra en reducir la brecha de género existente actualmente en las pensiones, como consecuencia de un perjuicio producido en la carrera profesional de la persona beneficiaria por una situación de maternidad o paternidad.

  • ¿Quién tiene derecho a percibir este complemento?

El complemento es reconocido a uno de los dos progenitores por los hijos en común, tanto si se trata de una mujer como de un hombre, cuando se solicite una pensión contributiva de jubilación, de incapacidad o de viudedad. La jubilación parcial no da derecho a este complemento, pero podrá solicitarse cuando se acceda a la jubilación plena.

Con carácter general, el complemento se reconoce a las mujeres, debido a que sus carreras profesionales se ven afectadas en mayor medida al ser madres, viéndose reducidos sus ingresos y cotizaciones y, por ende, también sus pensiones contributivas.

Es aplicable a las pensiones reconocidas a partir del 4 de febrero de 2021.

COMPLEMENTO DE BRECHA DE GÉNERO

  • ¿En qué casos se reconoce el complemento a los hombres?

Los hombres deben cumplir alguna de las siguientes situaciones para tener derecho al complemento:

  • Reunir los requisitos para percibir una pensión de viudedad por fallecimiento del otro progenitor por los hijos en común, siempre que alguno de los hijos tenga derecho a percibir la pensión de orfandad
  • Reunir los requisitos para percibir una pensión contributiva de jubilación o incapacidad permanente y haberse visto su carrera profesional interrumpida o afectada por el nacimiento o adopción de los hijos

Y siempre y cuando la totalidad de las cuantías de las pensiones reconocidas al hombre sean inferiores a las que corresponda percibir a la mujer.

Adicionalmente, deben acreditarse algunos requisitos relacionados con la cotización. Estos requisitos pueden revisarse en: SEGURIDAD SOCIAL. COMPLEMENTO PARA LA REDUCCIÓN DE LA BRECHA DE GÉNERO

  • ¿Cuándo hay que pedirlo y cuál es su importe?

El complemento se tramita junto a la solicitud de la pensión en el Instituto Nacional de la Seguridad Social (INSS). El importe del complemento se fija en 27€ mensuales por cada hijo, hasta un máximo de cuatro hijos. El complemento se abona mensualmente con dos pagas extraordinarias en los meses de junio y noviembre, repartiéndose en un total de 14 pagas.

 

Si necesitas más información o quieres solicitar el complemento, ponte en contacto con nosotros:

Por correo electrónico: ferransa@hotmail.com

Por teléfono: 699 373 273

www.ferransa.com

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