Regimen laboral de cooperativas : opciones y limitaciones
Para ser socio trabajador de una cooperativa hay que estar afiliado a la seguridad social.
Conceptualmente no se tiene un «salario» sino que es un anticipo de cooperativa segun la actividad cooperativizada.
Respecto a los socios, la cooperativa regula su propio regimen laboral via estatutos sociales o reglamentos de regimen interno. En los estatutos se escoge el régimen de afiliación de la seguridad social, Regimen General o autónomos. El cambio de un régimen a otro es posible cada 5 años de permanecer en el mismo régimen.
Las cooperativas no se rigen por convenios colectivos. Tienen su propia organizacíon y prestaciones de trabajo.
CARACTERISTICAS DEL REGIMEN GENERAL EN COOPERATIVAS DE COOPERATIVISTAS:
-Exclusión de cotizar Fogasa
-Tienen derecho al paro
-Los socios han de disponer de un CCC propio
CARACTERÍSTICAS DEL REGIMEN DE AUTONOMOS EN COOPERATIVISTAS:
-El alta se realiza con el TA 521/4, autónomo vinculado a la cooperativa y no tienen alta censal previa
-Las operaciones entre socio y cooperativa no estan sujetas a IVA
Regimen laboral de cooperativas : ASALARIADOS
-Están obligados a cumplir los estatutos de los trabajadores y el convenio colectivo.
-Límites a la contraacío: Numero de horas/años trabajadores asalariados ha de ser inferior al 30% respecto al numero de horas /años de los socios
VENTAJAS FISCALES DE UNA COOPERATIVA:
Las cooperativas tienen bastantes ventajas fiscales en el impuesto de sociedades en función del tipo de cooperativas y de que cumplan una serie de requisitos
A continuación pasamos link dels modelos de estatutos para cooperativas de Cataluña:
FERRANSA ASSESSORS
Tel. 699.373.273