Definición de autonomo colaborador
Un autónomo colaborador, como la palabra indica, es un familiar del titular de la actividad (persona física) que trabaja con él y además también tiene convivencia con él. Puede ser su cónyuge, su o un familiar hasta el segundo grado de consaguinidad. No debe tratarse de un trabajador por cuenta ajena.
Es obligatorio su incorporación al Régimen Especial de Trabajadores Autónomos. Debe darse de alta en la Seguridad Social como autónomo colaborador, presentanto el modelo TA0521/2 (Solicitud de alta en el régimen especial de autónomos – Familiar colaborador del titular de la explotación) con su DNI, libro de familia y una copia del alta de Hacienda del trabajador autónomo.
El colaborador no tiene obligaciones fiscales en Hacienda, es decir, no ha de hacer declaración de IVA ni de pago fraccionado del IRPF.
¿En qué régimen ha de estar la pareja de hecho de un autónomo colaborador?
El régimen de la seguridad social ha de ser régimen general. No se corresponde el de autónomos como colaboradora familiar, porque éste éste aplica sólo al cónyuge y familiares hasta el segundo grado (en el caso de trabajadores del Sistema Especial de Trabajadores Autónomos, hasta el tercer grado) por consanguinidad, afinidad y adopción que colaboren con el trabajador autónomo de forma personal, habitual y directa y no tengan la condición de asalariados. Por tanto, a efectos de seguridad social la pareja de hecho es un trabajador sin vinculación alguna con el titular.
¿Es la cuota del autónomo colaborador deducible?
La cuota de autónomo es un gasto que corresponde únicamente al titular. Esto que quiere decir, que lo manejemos como lo hagamos, lo pague yo directamente, lo pague la empresa por mi cuenta, se refleje en mi nómina o no, etc. el gasto es mío y podré deducírmelo en mi declaración de la renta de los rendimientos del trabajo como gastos de seguridad social. ¿Que me los paga la empresa? los deberá someter a retención en incluir en mi nómina y será un mayor gasto de personal para ella y una mayor retribución para mi ¿Que lo pago yo directamente? me espero a mi renta y allí lo pongo como gastos.
¿Puede existir una nómina para un autónomo colaborador?
Si, puede haber una nómina con su correspondiente retención en caso de haberla.
Dicha nómina también podrá ser deducible en el IRPF del titular.
FERRANSA ASESORES
Gestoria en Sant Feliu de Llobregat