Real Decreto Ley 20/2012: Novedades en la contratación y bonificaciones
Novedades en la contratacion y bonificaciones – (entrada en vigor 15/07/2012)
Para el contrato de trabajo indefinido de apoyo a los emprendedores; destacamos las siguientes novedades:
– Para la bonificación de cuotas a la Seguridad Socialde los contratos celebrados con mayores de 45 años, únicamente se requiere que se encuentren en situación legal de desempleo, eliminándose la exigencia de que fueran parados de larga duración (12 meses en los últimos 18) que fijaba el Real Decreto-ley 3/2012.
Se establecen dos nuevos tipos de bonificaciones; primero, a favor de los trabajadores autónomos que contraten al cónyuge, pareja de hecho o demás familiares hasta 2º grado (por consanguinidad o afinidad) y que se incorporen como nuevas altas al RETA (durante los primeros 18 meses, el 50 % de la cuota que resulte de aplicar sobre la base mínima el tipo correspondiente) y, segundo, para las empresas de los sectores de turismo, comercio vinculado al mismo y hostelería, que generen actividad productiva en los meses de marzo y de noviembre, manteniendo en alta durante dichos meses la ocupación de los trabajadores fijos discontinuos, y generando en consecuencia derecho en dichos meses a una bonificación del 50% de las cuotas empresariales por contingencias empresariales.
SUPRESIÓN de buena parte de BONIFICACIONES en cuotas a la seguridad social por contratación laboral, salvo las ya citadas por contrato de trabajo indefinido de apoyo a los emprendedores, destacando entre otras las siguientes:
– Desaparece la bonificación de mayores de 59 años que con una antigüedad de 5 años daban derecho a una bonificación del 50% de la aportación empresarial a la aportación de la S.S.
– Desaparece la deducción de 100€ durante 4 años de las mujeres que se reincorporaban al trabajo después de la maternidad.
– Se eliminan la mayoría de las deducciones por contratos a trabajadores menores de 30 años o mayores de 45 años.
De las bonificaciones que siguen vigentes destacamos las siguientes:
– En general todas las bonificaciones que existían para los contratos realizados con personas con discapacidad, las personas con la condición de víctima de terrorismo y las mujeres víctimas de violencia de género.
– Contrato de sustitución por baja de maternidad durante el tiempo que dure esta.
Este es el link del Real Decreto 20/2012:
ASESORÍA Y GESTORÍA EN SANT FELIU DE LLOBREGAT