Las deducciones fiscales en investigacion y desarrollo en el impuesto de sociedades

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Cómo se calculan las deducciones fiscales en investigacion y desarrollo en el Impuesto de sociedades:

Las deducciones fiscales en investigacion y desarrollo constituyen un pilar básico en la fiscalidad de aquellas empresas que se dedican al sector I+D.

Las bases que regulan el cálculo de las deducciones I+D se pueden encontrar en el Manual práctico de Hacienda del Impuesto de sociedades

A continuación vamos a resumir el proceso para realizar el cálculo.

1. Se han de sumar todos los gastos de inversión del ejercicio en I+D

2. A continuación, al total anterior se le resta el 65% de las deducciones imputables para dichas inversiones en el ejercicio para calcular la BASE DE LA DEDUCCIÓN

3.Posteriormente se calcula el promedio de las bases de deducción de los dos años anteriores y se aplican dos tramos.

Al primer tramo hasta el promedio resultante se le aplica el 25% y al exceso del promedio se le aplica el 42%.

4.Otro porcentaje a aplicar es en el caso de que hayan activos con dedicación exclusiva al proyecto, en cuyo caso se le añade un 8% adicional a la suma anterior.

las deducciones fiscales en investigacion y desarrollo

Pongamos un ejemplo:

Suma de inversiones en 2009: 10.000 euros

Subvenciones imputables en 2009: 3000 euros

Suma de inversiones en 2010: 15.000 euros

Suma de inversiones en 2011: 20.000 euros con activos en dedicación exclusiva por un valor de 1000 euros

Calculo de las bases de deducción:

2009: 10000-(65/100*3000)=8050 euros

2010: 15.000 euros

2011: 20.000 euros

Deducciones aplicables:

2009: al ser el primer año con inversión el promedio de los años anteriores se considera cero y por tanto se aplica todo al exceso del promedio con un porcentaje del 42%.

8050 *42%=3381 euros

2010: el promedio se calcula con la base de la deducción del ejercicio anterior dividido entre dos. 8050/2=4025 euros.

Los dos tramos serán:

4025*25%=1006.25 euros

(15000-4025)*43%=4641.85 euros

Total=5648.10 euros

2011: el promedio sería:

(8050 + 15000)/2=11525 euros

11525*25%=2881.25 euros

(20.000-11525)*43%=8475 euros

1000*8%=80 euros

Total=11436.25 euros

En el caso de que no puedan aplicarse dichas deducciones en el ejercicio en curso se considerarán un impuesto diferido y se traspasará su efecto impositivo en ejercicios posteriores.

FERRANSA ASESORES

ASESORIA Y GESTORIA EN SANT FELIU DE LLOBREGAT

 

 

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