Cómo se contabiliza una factura de un coche de alquiler en la CEE

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Cómo se contabiliza una factura de un coche de alquiler en la CEEy las leyes a aplicar

A continuación analizaremos Cómo se contabiliza una factura de un coche de alquiler en la CEE y su declaración en los impuestos:

 Una factura de coche de alquiler en el extranjero siempre que no supere los 30 días de alquiler está sujeta a la ley siguiente:

Cómo se contabiliza una factura de un coche de alquiler en la CEE

Lely 37 de 1992, donde el artículo 70/1 ordinal noveno dice lo siguiente:

 Artículo 70. Lugar de realización de las prestaciones de servicios. Reglas especiales.

Uno. Se entenderán prestados en el territorio de aplicación del Impuesto los siguientes servicios:

 [Redacción dada por el art. 1.7, con efectos desde el 1 de enero de 2010 a 31 de diciembre de 2012]:

«9.º Los servicios de arrendamiento a corto plazo de medios de transporte cuando éstos se pongan efectivamente en posesión del destinatario en el citado territorio.
A los efectos de lo dispuesto en este número, se entenderá por corto plazo la tenencia o el uso continuado de medios de transporte durante un periodo ininterrumpido no superior a treinta días y, en el caso de los buques, no superior a noventa días.»
[Redacción dada por la disposición transitoria 3, con efectos desde el 1 de enero de 2013]:
«9.º A) Los servicios de arrendamiento de medios de transporte en los siguientes casos:
a) Los de arrendamiento a corto plazo cuando los medios de transporte se pongan efectivamente en posesión del destinatario en el citado territorio.
b) Los de arrendamiento a largo plazo cuando el destinatario no tenga la condición de empresario o profesional actuando como tal siempre que se encuentre establecido o tenga su domicilio o residencia habitual en el citado territorio.
No obstante, cuando los arrendamientos a largo plazo cuyo destinatario no sea un empresario o profesional actuando como tal tengan por objeto embarcaciones de recreo, se entenderán prestados en el territorio de aplicación del Impuesto cuando éstas se pongan efectivamente en posesión del destinatario en el mismo siempre que el servicio sea realmente prestado por un empresario o profesional desde la sede de su actividad económica o un establecimiento permanente situado en dicho territorio.
B) A los efectos de lo dispuesto en este número, se entenderá por corto plazo la tenencia o el uso continuado de los medios de transporte durante un periodo ininterrumpido no superior a treinta días y, en el caso de los buques, no superior a noventa días.»
Dos. Asimismo, se considerarán prestados en el territorio de aplicación del Impuesto los servicios que se enumeran a continuación cuando, conforme a las reglas de localización aplicables a estos servicios, no se entiendan realizados en la Comunidad, Islas Canarias, Ceuta o Melilla, pero su utilización o explotación efectivas se realicen en dicho territorio:
1.º Los enunciados en las letras a) a m) del apartado Dos del artículo 69 de esta Ley, cuyo destinatario sea un empresario o profesional actuando como tal, y los enunciados en la letra n) de dicho apartado Dos del artículo 69, cualquiera que sea su destinatario.
2.º Los de mediación en nombre y por cuenta ajena cuyo destinatario sea un empresario o profesional actuando como tal.
3.º Los de arrendamiento de medios de transporte.

 Por tanto, dicha factura tendrá que incluir el IVA del país donde se alquila el coche y en ningún caso tendrá que aplicarse le regla de la inversión del sujeto pasivo sino que se considerará una factura exenta a efectos del IVA español. Es decir,que dicha factura no tendrá que declararse en el modelo 303 ni en el modelo 349 y en el modelo 340 tendrá que aparecer como exenta y como operación habitual declarándose la totalidad de la factura como exenta, incluyendo el IVA del país de origen.

Por otro lado, podrá reclamarse la devolución del IVA del país de origen mediante el modelo 360
 
A continuación tenéis el link de la ley del IVA mencionado:
 
 

 

 

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