Explicacion sencilla para recuperar el IVA de una factura impagada

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A continuación daremos una explicacion sencilla para recuperar el IVA de una factura impagada paso a paso:

Las empresas pymes o profesionales que quieran una explicacion sencilla para recuperar el IVA de una factura impagada la pueden encontrar a continuación:

Primera parte (explicacion sencilla para recuperar el IVA de una factura impagada):

REQUISITOS PREVIOS:

-Primero hay que saber que en las pymes ha de haber transcurrido 6 meses desde la fecha de la factura impagada para comenzar con los trámites.

-Como es de suponer, es de requisito indispensable que dicha factura esté reflejada en los libros de Registro de IVA repercutido.

-La empresa debe de haber interpuesto una reclamación judicial o un requerimiento notarial contra el moroso. En este punto, cabe recordar que dichos procedimientos pueden llevarse a cabo a partir del momento en que en el vencimiento de la factura no se haya recibido el cobro o, por defecto, en el plazo que dicta la Ley de Morosidad .

-Cuando se trate de créditos adeudados por Entes públicos (Ayuntamientos, Diputación, etc,) , la reclamación judicial o el requerimiento notarial a que se refiere la condición  anterior, será sustituida por una certificación emitida por el órgano competente del Ente público moroso de acuerdo con el informe del Interventor o Tesorero de aquél en el que se reconozca la obligación a cargo del mismo y su cuantía.

-La factura ha de ser emitida a una empresa o profesional. En caso de que el cliente moroso sea un particular, la factura ha de tener una base imponible superior a 300 euros

Estos plazos solo son para pymes, es decir, para aquellas empresas o profesionales con un volumen de negocio no superior a 6.010.121,04 en el año natural inmediato anterior ya que para empresas de mayores dimensiones los plazos se amplian de 6 meses a un año.

explicacion sencilla para recuperar el IVA de una factura impagada

Segunda parte (explicacion sencilla para recuperar el IVA de una factura impagada):

PROCEDIMIENTO:

  • Si se cumplen los requisitos anteriors, al cabo de 6 meses de la fecha de la factura, la empresa podrá emitir una factura rectificativa con el mismo importe adeudado (base imponible e IVA a recuperar). En dicha factura se tendrá que indicar que no se renuncia al cobro de la deuda i que el documento solo se emite para recuperar el IVA en los impuestos. La empresa o profesional tiene tres meses para emitir dicha factura rectificativa a partir de los 6 meses del plazo anterior. En dicha factura también constarán los datos de la factura original impagada.
  • SE HA DE COMUNICAR A HACIENDA LA FACTURA RECTIFICATIVA: antes de un mes desde la fecha de la factura rectificativa, se debe comunicar a Hacienda que dicha factura se descontará del IVA del trimestre correspondiente. En dicho escrito se comunicará también que la deuda no está garantizada, afianzada ni asegurada. Además, en el escrito se deberá de adjuntar la copia de las facturas rectificativas y la reclamación judicial o notarial.
  • El paso siguiente es sencillamente contabilizar la factura rectificativa, descontando el importe negativo de IVA del importe a pagar del IVA de las ventas del trimestre (modelo 303)

Como se puede observar, el recuperar el IVA de una factura impagada es un procedimiento bastante sencillo siempre y cuando los plazos se cumplan: 6 meses + 3 meses + 1 mes.

Con esta explicacion sencilla para recuperar el IVA de una factura impagada se pretende que cada empresa pueda defender mínimamente sus intereses frente a la morosidad.

FERRANSA ASESORES

Gestoria y asesoria en Sant Feilu de Llobregat

 

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